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  • Senador Ciro Ramírez es condenado a 23 años de cárcel por liderar red de sobornos y desvío de $90.000 millones

    Senador Ciro Ramírez es condenado a 23 años de cárcel por liderar red de sobornos y desvío de $90.000 millones

    La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia sentenció al congresista del Centro Democrático a más de dos décadas de prisión y le impuso una multa de $22.340 millones por liderar una red de corrupción

    La justicia determinó que el senador Ciro Alejandro Ramírez fue el cerebro de una organización criminal que manipuló de forma sistemática la contratación estatal para obtener beneficios económicos y réditos políticos. El fallo de 438 páginas detalla cómo el legislador utilizó su posición para direccionar recursos del Departamento para la Prosperidad Social (DPS) hacia la empresa Proyecta Quindío, convirtiendo el presupuesto público en una herramienta de su propia campaña electoral.

    Este esquema, conocido como “Las Marionetas 2.0”, operó bajo la sombra del modelo delictivo creado originalmente por el fallecido senador Mario Castaño. Ramírez aprovechó su influencia para tejer una red que incluía funcionarios públicos, asesores de su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) y contratistas privados, todos alineados bajo el propósito de capturar rentas del Estado mediante el Convenio Interadministrativo 670 de 2021, el cual sumaba millonarios recursos.

    El origen del pacto criminal

    La génesis de esta estructura delictiva se remonta a una reunión clave en el Club Manizales en julio de 2021. En dicho encuentro, se acordó que el senador serviría de enlace estratégico entre el DPS y la empresa territorial Proyecta Quindío para asegurar que los contratos de obra e interventoría fueran entregados a dedo a cambio de apoyos electorales en departamentos estratégicos como Caldas, Quindío y Santander.

    Para la Corte, el papel de Ramírez fue determinante al ejercer un dominio material sobre el proceso de selección de contratistas, a pesar de no tener la competencia funcional para firmar los documentos. Su labor consistía en presionar la asignación de recursos y coordinar con figuras como Pierre García, entonces subdirector del DPS, para que la maquinaria de contratación funcionara en favor de sus aliados políticos y financieros.

    Evidencias de un saqueo programado

    La columna vertebral de la condena reposa en un robusto conjunto de pruebas técnicas que incluyen chats de WhatsApp y registros de visitas al DPS. En uno de los mensajes más comprometedores, se lee la instrucción de “decir mentiras” para salvar proyectos, mientras que otros diálogos confirman que la bolsa contractual era considerada un activo personal del senador para pagar favores en plena época electoral.

    Además, los testimonios de excolaboradores como Pablo César Herrera, exgerente de Proyecta, y Anderson González, contratista implicado, fueron fundamentales para reconstruir el esquema. Ambos declararon cómo se amañaban las licitaciones mediante invitaciones cerradas, asegurando que solo un oferente cumpliera los requisitos técnicos mientras los demás presentaban propuestas deficientes a propósito.

    Reacciones en el espectro político

    El presidente Gustavo Petro no tardó en pronunciarse sobre la decisión judicial a través de su cuenta en X, arremetiendo contra el papel del senador en el legislativo. El mandatario escribió “Este senador del Centro Democrático lo dejaron salir por un tiempo y su cargo para votar en contra de la consulta popular y en las elecciones. Ahora se hace justicia. Corruptos votando contra el pueblo”.

    Por su parte, la senadora Paloma Valencia, figura visible del partido y aspirante presidencial, expresó una postura de respeto institucional pero mantuvo la defensa de la presunción de inocencia. En su red social X publicó “Respetamos las decisiones de la justicia. Acompañaremos con todo empeño la lucha anticorrupción. Jamás seremos complacientes con la corrupción de nadie. Manos limpias siempre. Esperamos que en instancias superiores el senador Ciro Ramírez pueda demostrar su inocencia”.

    La postura del condenado ante el fallo

    Ciro Ramírez, desde su cuenta personal, ha mantenido una defensa férrea alegando que no existen pruebas de transferencias de dinero o interceptaciones directas que lo vinculen con el cohecho. Su defensa argumentó durante el juicio que su gestión fue meramente política y que las visitas a las entidades públicas no constituían un delito, calificando la sentencia como injusta.

    En un mensaje directo tras conocerse la condena, Ramírez afirmó en X “Ratifico mi inocencia en este proceso, en las 438 páginas no hay una sola que haya demostrado certeza de la conducta como lo exige la ley. Interpondremos recurso de apelación y tenemos la esperanza que esta sentencia se pueda revocar en segunda instancia”. Para el senador, los testigos faltaron a la verdad para obtener beneficios jurídicos propios.

    Consecuencias para el Centro Democrático

    La condena no solo afecta la libertad de Ramírez, sino que representa un golpe contundente para el Centro Democrático, que pierde oficialmente una de sus 13 curules en el Senado bajo la figura de la “silla vacía”. Al tratarse de un delito relacionado con la corrupción y la pertenencia a grupos ilegales (concierto para delinquir), el partido no podrá reemplazar al senador, quedando con solo 12 escaños.

    Finalmente, la Corte impuso una multa de 19.402 salarios mínimos, equivalentes a más de 22 mil millones de pesos, como medida reparatoria. Esta sanción económica, sumada a la inhabilidad perpetua para ejercer cargos públicos, cierra uno de los capítulos más oscuros de la contratación pública reciente, mientras el país observa el impacto que esto tendrá en la imagen de la oposición de cara a las próximas elecciones.

  • Alias ‘Gabriela’, joven barranquillera, condenada a más de 20 años por participar en el asesinato de Miguel Uribe Turbay

    Alias ‘Gabriela’, joven barranquillera, condenada a más de 20 años por participar en el asesinato de Miguel Uribe Turbay

     

    La decisión fue adoptada por un juzgado especializado de Bogotá tras avalar un preacuerdo con la Fiscalía, dentro del proceso por el atentado perpetrado en junio de 2025 en el occidente de la capital del país

    El fallo recayó sobre Katerine Andrea Martínez, de 19 años, quien admitió su responsabilidad en varios delitos agravados relacionados con el ataque armado ocurrido el 7 de junio de 2025 en el parque El Golfito, en el barrio Modelia.

    La sentencia supera los 20 años de prisión y quedó en firme luego de que la procesada aceptara cargos por homicidio agravado, concierto para delinquir agravado, fabricación, tráfico y porte ilegal de armas de fuego, además de utilización de menores para la comisión de un delito.

    De acuerdo con la investigación, su función consistió en recibir y trasladar la pistola 9 milímetros que posteriormente fue entregada al adolescente de 15 años que disparó contra el senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay.

    Rol dentro del plan criminal

    El expediente judicial señala que Martínez participó en reuniones previas y apoyó la logística del atentado junto a Elder José Arteaga Hernández, alias ‘El Costeño’, señalado como uno de los articuladores del ataque.

    Las autoridades establecieron que permaneció en los alrededores del lugar verificando movimientos y asegurando que el arma llegara a manos del sicario, cumpliendo tareas asignadas dentro de la estructura delincuencial.

    También se conoció que habría recibido la promesa de un pago económico condicionado al desenlace del atentado: una suma mayor si la víctima fallecía y una inferior si sobrevivía, lo que evidenció la existencia de un esquema organizado.

    Huida y capturas

    Tras el atentado, la joven salió de Bogotá y se trasladó a Florencia, Caquetá, donde intentó modificar su apariencia para evitar ser identificada. Fue capturada el 14 de junio de 2025 durante un operativo de las autoridades.

    Con esta decisión judicial ya son nueve las personas detenidas por su presunta participación en el magnicidio, entre ellas el menor que accionó el arma y que fue sancionado con siete años de internamiento en un centro especializado tras aceptar cargos.

    La investigación continúa para establecer quiénes ordenaron el crimen. Una de las hipótesis más sólidas de la Policía apunta a la posible injerencia de la Segunda Marquetalia como determinadora del ataque.

    Impacto nacional y disculpa pública

    El dirigente político permaneció hospitalizado durante dos meses en estado crítico y falleció el 11 de agosto de 2025, hecho que generó conmoción en el país y fuertes reacciones en el escenario electoral.

    La víctima era una de las figuras visibles del partido Centro Democrático y aspiraba a la Presidencia en las elecciones de 2026.

    Durante una audiencia anterior, Martínez pidió perdón a la familia del senador, especialmente a su esposa, María Claudia Tarazona, asegurando sentirse arrepentida. Sin embargo, la juez concluyó que las pruebas demostraron su participación consciente dentro de la cadena criminal que terminó con la muerte de Miguel Uribe Turbay.

  • Condenado y prófugo: expresidente de la Corte Suprema deberá pagar 10 años de cárcel por el ‘cartel de la toga’

    Condenado y prófugo: expresidente de la Corte Suprema deberá pagar 10 años de cárcel por el ‘cartel de la toga’

    La Corte Suprema de Justicia lo sentenció a 123 meses y un día de prisión por concierto para delinquir y cohecho propio. La decisión incluye orden de captura y notificación roja ante Interpol

    La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exmagistrado José Leonidas Bustos Martínez por su participación en la red de corrupción conocida como el ‘cartel de la toga’, que operó desde el alto tribunal ofreciendo decisiones judiciales a cambio de millonarios sobornos.

    Condena y sanciones

    El fallo lo declara responsable de concierto para delinquir en concurso heterogéneo con cohecho propio en concurso homogéneo y le impone una pena de 123 meses y un día de prisión, además de inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo término y una multa de 133.738.170 pesos.

    La sentencia advierte que el exfuncionario deberá cumplir la pena en establecimiento carcelario, luego de que se le negaran los mecanismos sustitutivos de suspensión condicional y prisión domiciliaria. “Deberá descontar la pena impuesta en el establecimiento penitenciario que el INPEC designe para el efecto”, señala la decisión.

    Asimismo, la Sala ordenó librar la correspondiente orden de captura con el fin de hacer efectiva la condena, incluyendo la notificación roja ante Interpol para ubicarlo en el exterior.

    Cómo operaba la red

    De acuerdo con lo probado en juicio, Bustos se concertó con otros magistrados, exmagistrados y abogados litigantes para acercarse a aforados con procesos activos en la Corte Suprema y ofrecerles beneficios judiciales a cambio de altas sumas de dinero.

    En la publicación oficial se detalla que los implicados “ofrecían intervenir ilegalmente para obtener beneficios judiciales como archivos, autos inhibitorios y preclusiones”, además de dilatar trámites e impedir órdenes de captura.

    Entre los casos mencionados están los de los entonces senadores Musa Besaile Fayad y Álvaro Antonio Ashton Giraldo, quienes habrían entregado millonarios pagos con el propósito de influir en las decisiones que se adoptaban en sus procesos por parapolítica.

    Pagos y responsabilidades

    El alto tribunal concluyó que el exmagistrado recibió 200 millones de pesos en efectivo provenientes de uno de esos acuerdos ilícitos. Según el fallo, existió un acuerdo previo para direccionar decisiones judiciales a cambio de dinero.

    En uno de los apartes citados, la Sala sostuvo que el condenado “prestó su concurso y voluntad para la conformación del grupo, sin importarle las nefastas consecuencias” que sus actos tendrían sobre la institucionalidad.

    Además de las penas principales, se le impuso como medida de restablecimiento del derecho la obligación de publicar, a su costa, la parte resolutiva de la sentencia y un resumen del fallo en medios de comunicación que deberán ser aprobados por la Sala.

    Impacto institucional

    La Corte también dejó constancia del daño causado a la credibilidad del sistema judicial colombiano. “La conducta enrostrada ocasionó gravemente el deterioro de la Rama Judicial (…) la cual ha sufrido un perjuicio reputacional incalculable”, se lee en el documento.

    Aunque fue absuelto por el delito de tráfico de influencias de servidor público, la condena en primera instancia marca un nuevo capítulo en uno de los mayores escándalos de corrupción judicial en el país, y abre la puerta a los trámites internacionales para lograr su comparecencia ante la justicia colombiana.

  • Condena en firme: exgobernador del Magdalena irá a prisión por millonario contrato de salud que nunca se ejecutó

    Condena en firme: exgobernador del Magdalena irá a prisión por millonario contrato de salud que nunca se ejecutó

    La Corte Suprema de Justicia confirmó que Francisco José Infante Vergara actuó de manera consciente en un contrato irregular que causó un millonario detrimento al departamento del Magdalena

    La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el exgobernador encargado del Magdalena, Francisco José Infante Vergara, al concluir que participó activamente en un ‏contrato estatal que fue liquidado sin haberse ejecutado, ocasionando una grave afectación a los recursos públicos.

    La decisión, adoptada en segunda instancia, ratificó que el entonces mandatario no solo tenía conocimiento de las irregularidades del proceso contractual, sino que además avaló su culminación pese a que el objeto pactado nunca se cumplió, cerrando así de manera definitiva el proceso judicial.

    Un contrato firmado sin respaldo técnico ni necesidad comprobada

    El caso se originó en el contrato número 372, suscrito en noviembre de 2007 por un valor superior a los 443 millones de pesos, cuyo objeto era la realización de tamizajes de VIH, pruebas diagnósticas y jornadas de prevención dirigidas a población vulnerable en todo el Magdalena.

    Según el fallo, desde la fase inicial se omitieron requisitos esenciales de la contratación estatal, al no existir estudios técnicos, financieros ni jurídicos que sustentaran la urgencia o conveniencia del convenio, lo que vulneró los principios de planeación, transparencia y responsabilidad.

    La Corte fue enfática al señalar que “todo proyecto que comprometa recursos públicos debe estar precedido de un análisis serio que justifique su necesidad”, condición que en este caso fue completamente ignorada.

    Un objeto contractual alterado y actividades inexistentes

    Durante el proceso se comprobó que el contrato sufrió modificaciones sustanciales desde su inicio, pues aunque establecía que los servicios debían prestarse en los 30 municipios del departamento, posteriormente se redujo su alcance a solo diez, sin justificación legal ni soporte administrativo.

    El fallo advierte que esta alteración “variaba de manera sustancial el objeto contractual”, anomalía que pudo ser detectada con facilidad por el ordenador del gasto, quien estaba obligado a verificar el cumplimiento de las cláusulas antes de proceder a la liquidación.

    Además, informes de hospitales, centros de salud y entidades penitenciarias certificaron que no existían registros de la realización de pruebas, capacitaciones ni atenciones médicas en 2007, lo que confirmó que las actividades pactadas nunca se ejecutaron.

    Liquidación irregular y responsabilidad directa

    Pese a la inexistencia de resultados, el contrato fue liquidado el 26 de diciembre de 2007 y la IPS fue declarada a paz y salvo, renunciando incluso a futuras reclamaciones, una actuación que para la Corte constituyó un acto abiertamente ilegal.

    La liquidación contractual implica verificar el cumplimiento de las obligaciones asumidas, no simplemente formalizar un trámite administrativo”, precisó la Sala al desestimar los argumentos de la defensa.

    En ese sentido, el alto tribunal recalcó que el principio de confianza no era aplicable, pues “el ordenador del gasto estaba obligado a constatar el cumplimiento del contrato previo a su liquidación”, responsabilidad que recaía directamente sobre el exgobernador.

    Dolo probado y condena sin posibilidad de recurso

    La Corte concluyó que Infante Vergara actuó con pleno conocimiento de las irregularidades, descartando que se tratara de un error invencible o de una actuación basada en información falsa de sus subalternos.

    “El acusado conocía que el contrato no había sido ejecutado y aun así avaló su cierre”, señala uno de los apartes más contundentes del fallo, al confirmar la existencia de dolo en su conducta.

    Como consecuencia, se ratificó ‏una pena de más de 15 años de prisión y la obligación de indemnizar al departamento del Magdalena con más de 2.500 millones de pesos por daño emergente, lucro cesante y costas procesales.

    La sentencia quedó en firme y contra ella no procede ningún recurso, sellando así una condena que marca un nuevo precedente judicial en casos de corrupción relacionados con la contratación pública en el sector salud.